Registro ICCAT de operaciones conjuntas de pesca

De conformidad con la “Recomendación de ICCAT que enmienda la Recomendación de ICCAT sobre el establecimiento de un Plan de recuperación plurianual para el atún rojo en el Atlántico este y Mediterráneo” [Rec. 08-05], una operación conjunta de pesca significa “cualquier operación entre dos o más buques de captura que enarbolan pabellón de diferentes CPC del Estado del pabellón en la que la captura de un buque de captura se atribuye a uno o más buques de captura de conformidad con una clave de asignación”.

La “Recomendación de ICCAT que enmienda la Recomendación de ICCAT sobre el establecimiento de un Plan de recuperación plurianual para el atún rojo en el Atlántico este y Mediterráneo” [Rec. 10-04] establece que una operación de pesca conjunta es: “cualquier operación entre dos o más buques de captura en la que la captura de un buque de captura se atribuye a uno o más de los demás buques de captura de conformidad con una clave de asignación”. Además el párrafo 20 estipula que: “No se permitirán operaciones de pesca conjuntas entre diferentes CPC. Sin embargo, una CPC con menos de cinco cerqueros autorizados podría autorizar operaciones de pesca conjuntas con cualquier otra CPC. Cada CPC que realice una operación de pesca conjunta será responsable y tendrá que rendir cuentas de las capturas realizadas en el marco de dicha operación de pesca conjunta”.

El párrafo 18 de la Rec. 08-05 y el párrafo 20 de la Rec. 10-04 establecen que sólo se autorizarán las operaciones conjuntas de pesca de atún rojo con el consentimiento de los Estados del pabellón si el buque está equipado para pescar atún rojo, tiene una cuota individual y cumple los siguientes requisitos. En el momento de solicitud de la autorización, cada Estado del pabellón tomará las medidas necesarias para obtener la siguiente información de su(s) buque(s) de captura(s) que participan en la operación de pesca conjunta:

- duración,
- identidad de los operadores implicados,
- cuotas individuales de los buques,
- clave de asignación entre los buques para las capturas implicadas, e,
- información sobre instalaciones de engorde o cría de destino.

Cada CPC transmitirá toda esta información a la Secretaría de ICCAT al menos diez días antes de que comiencen las operaciones.


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(Protegido con contraseña; únicamente pueden acceder las Partes contratantes y Partes, Entidades y Entidades pesqueras no contratantes colaboradoras)

 

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